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	<title type="text">Saberes y conocimientos académicos</title>
	<subtitle type="text">Materiales para la coeducación</subtitle>
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	<updated>2023-02-05T19:28:30Z</updated>
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		<title>Documento 1</title>
		<link rel="alternate" type="text/html" href="http://localhost/coeducacio/index.php/es/documentos/saberes-y-conocimientos-academicos/38-document-1"/>
		<published>2012-10-25T17:21:58Z</published>
		<updated>2012-10-25T17:21:58Z</updated>
		<id>http://localhost/coeducacio/index.php/es/documentos/saberes-y-conocimientos-academicos/38-document-1</id>
		<author>
			<name>Administrator</name>
		<email>centredolorspiera@cdp.udl.cat</email>
		</author>
		<summary type="html">&lt;h2&gt;LICENCIAS REALES OTORGADAS A MUJERES PARA EJERCER LA MEDICINA&lt;/h2&gt;
&lt;h4&gt;A dos mujeres judías residentes en  Lleida, Na Bellayna, viuda de Samuel Gallipapa, i Na Plana, esposa de Jafuda Gallipapa&lt;/h4&gt;
&lt;blockquote&gt;(Para estar) instruidas tanto de teórica como prácticamente, con toda la competencia en el arte de la medicina, y habiendo ejercido el mencionado arte durante mucho tiempo, por la presente, escuchado los ruegos de algunos familiares y domésticos nuestros, os damos licencia y plena potestad, sin incurrir en ninguna pena, de ejercer el mencionado arte de la medicina por todas nuestras tierras y dominios a favor de cualquier persona que lo solicite y desee ser medicado por vosotros cuando sea necesario y oportuno.&lt;/blockquote&gt;
&lt;p&gt;(Ratificación de un mandato de Pedro el Ceremonioso, hecha para su hijo Juan I. 5 de marzo de 1387. ACA)&lt;/p&gt;
&lt;h4&gt;A Francesca, viuda de  Berenguer Ça Torre&lt;/h4&gt;
&lt;blockquote&gt;
&lt;p&gt;… desde hace tiempo has ejercido el oficio de comadrona y ejercitándolo en la ciudad de Barcelona has dedicado tu vida y la dedicas recetando, con mucha eficacia hasta ahora, diversos medicamentos a las mujeres embarazadas, parturientas y en otros, especialmente a los niños de corta edad, y también a cualquier persona que ha recurrido a ti en sus dolores y enfermedades, por la presente a ti, la mencionada Francesca, te concedemos sobradamente la facultad y plena licencia de que lícitamente e impunemente aunque no hayas sido examinada en el arte de la medicina y de la cirugía, y no obstante otras razones que puedan ser objetadas en contra tuya por esta causa, puedas recetar cualquier medicamento y ejercer como hasta ahora a favor de las mujeres embarazadas, parturientas u otros, y de los niños y de otras personas que recurran a ti para remediar o sanar sus dolores o enfermedades.&lt;/p&gt;
&lt;/blockquote&gt;
&lt;p&gt;(Otorgado por Juan I. 20 de octubre de 1394. ACA)&lt;/p&gt;</summary>
		<content type="html">&lt;h2&gt;LICENCIAS REALES OTORGADAS A MUJERES PARA EJERCER LA MEDICINA&lt;/h2&gt;
&lt;h4&gt;A dos mujeres judías residentes en  Lleida, Na Bellayna, viuda de Samuel Gallipapa, i Na Plana, esposa de Jafuda Gallipapa&lt;/h4&gt;
&lt;blockquote&gt;(Para estar) instruidas tanto de teórica como prácticamente, con toda la competencia en el arte de la medicina, y habiendo ejercido el mencionado arte durante mucho tiempo, por la presente, escuchado los ruegos de algunos familiares y domésticos nuestros, os damos licencia y plena potestad, sin incurrir en ninguna pena, de ejercer el mencionado arte de la medicina por todas nuestras tierras y dominios a favor de cualquier persona que lo solicite y desee ser medicado por vosotros cuando sea necesario y oportuno.&lt;/blockquote&gt;
&lt;p&gt;(Ratificación de un mandato de Pedro el Ceremonioso, hecha para su hijo Juan I. 5 de marzo de 1387. ACA)&lt;/p&gt;
&lt;h4&gt;A Francesca, viuda de  Berenguer Ça Torre&lt;/h4&gt;
&lt;blockquote&gt;
&lt;p&gt;… desde hace tiempo has ejercido el oficio de comadrona y ejercitándolo en la ciudad de Barcelona has dedicado tu vida y la dedicas recetando, con mucha eficacia hasta ahora, diversos medicamentos a las mujeres embarazadas, parturientas y en otros, especialmente a los niños de corta edad, y también a cualquier persona que ha recurrido a ti en sus dolores y enfermedades, por la presente a ti, la mencionada Francesca, te concedemos sobradamente la facultad y plena licencia de que lícitamente e impunemente aunque no hayas sido examinada en el arte de la medicina y de la cirugía, y no obstante otras razones que puedan ser objetadas en contra tuya por esta causa, puedas recetar cualquier medicamento y ejercer como hasta ahora a favor de las mujeres embarazadas, parturientas u otros, y de los niños y de otras personas que recurran a ti para remediar o sanar sus dolores o enfermedades.&lt;/p&gt;
&lt;/blockquote&gt;
&lt;p&gt;(Otorgado por Juan I. 20 de octubre de 1394. ACA)&lt;/p&gt;</content>
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		<title>Documento 2</title>
		<link rel="alternate" type="text/html" href="http://localhost/coeducacio/index.php/es/documentos/saberes-y-conocimientos-academicos/39-document-2"/>
		<published>2012-10-25T17:23:25Z</published>
		<updated>2012-10-25T17:23:25Z</updated>
		<id>http://localhost/coeducacio/index.php/es/documentos/saberes-y-conocimientos-academicos/39-document-2</id>
		<author>
			<name>Administrator</name>
		<email>centredolorspiera@cdp.udl.cat</email>
		</author>
		<summary type="html">&lt;h2&gt;CONDORCET. SOBRE LA INSTRUCCIÓN PÚBLICA (1790)&lt;/h2&gt;
&lt;h4&gt;Alicia H. Puleo, La Ilustración olvidada. &lt;em&gt;La polémica de los sexos en el siglo XVIII&lt;/em&gt;, Anthropos, Barcelona, 1993pp. 94-106&lt;/h4&gt;
&lt;blockquote&gt;
&lt;p&gt;(…) Las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres; ellas tienen, pues, el de obtener las mismas facilidades para adquirir los conocimientos, los únicos que pueden darles los medios para ejercer realmente estos derechos con una misma independencia e igual extensión.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La instrucción tiene que ser dada en común y las mujeres no tienen que ser excluidas de la enseñanza. Dado que la instrucción tiene que ser generalmente la misma, la enseñanza tiene que ser común y confiada a un maestro en que pueda ser elegido indiferentemente en uno u otro sexo.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Las mujeres han sido encargadas de la enseñanza a veces, en Italia, con éxito.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Varias mujeres han ocupado cátedras en las más célebres universidades y han cumplido con gloria las funciones de profesor en las ciencias más elevadas. (…)&lt;/p&gt;&lt;p&gt;
La reunión de los niños de ambos sexos en una misma escuela es casi necesaria para la primera educación (…). Esta reunión es útil para las costumbres y está lejos de ser peligrosa.
&lt;/p&gt;
&lt;/blockquote&gt;</summary>
		<content type="html">&lt;h2&gt;CONDORCET. SOBRE LA INSTRUCCIÓN PÚBLICA (1790)&lt;/h2&gt;
&lt;h4&gt;Alicia H. Puleo, La Ilustración olvidada. &lt;em&gt;La polémica de los sexos en el siglo XVIII&lt;/em&gt;, Anthropos, Barcelona, 1993pp. 94-106&lt;/h4&gt;
&lt;blockquote&gt;
&lt;p&gt;(…) Las mujeres tienen el mismo derecho que los hombres; ellas tienen, pues, el de obtener las mismas facilidades para adquirir los conocimientos, los únicos que pueden darles los medios para ejercer realmente estos derechos con una misma independencia e igual extensión.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;La instrucción tiene que ser dada en común y las mujeres no tienen que ser excluidas de la enseñanza. Dado que la instrucción tiene que ser generalmente la misma, la enseñanza tiene que ser común y confiada a un maestro en que pueda ser elegido indiferentemente en uno u otro sexo.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Las mujeres han sido encargadas de la enseñanza a veces, en Italia, con éxito.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;Varias mujeres han ocupado cátedras en las más célebres universidades y han cumplido con gloria las funciones de profesor en las ciencias más elevadas. (…)&lt;/p&gt;&lt;p&gt;
La reunión de los niños de ambos sexos en una misma escuela es casi necesaria para la primera educación (…). Esta reunión es útil para las costumbres y está lejos de ser peligrosa.
&lt;/p&gt;
&lt;/blockquote&gt;</content>
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